Se pretende con la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Nigrán, autorizar la alteración de la rasante del terreno y las consiguientes edificaciones que por su altura y características no se adaptan en modo alguno al ambiente en el que se sitúan -muchas de ellas dentro de la franja de 500 metros de afección de costas-, formando pantallas disonantes con el paisaje y carentes de toda estética.
viernes, 25 de enero de 2008
Efectos medioambientales
Se pretende con la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Nigrán, autorizar la alteración de la rasante del terreno y las consiguientes edificaciones que por su altura y características no se adaptan en modo alguno al ambiente en el que se sitúan -muchas de ellas dentro de la franja de 500 metros de afección de costas-, formando pantallas disonantes con el paisaje y carentes de toda estética.
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