Fraude
Escrito por Nerea, o 28-01-2008 18:30
Las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Nigrán son de hace15 años, no habiéndose adaptado a ninguna de las leyes urbanísticas y medioambientales estatales y autonómicas posteriores que exigían su completa revisión.
Según la Disposición Transitoria Segunda.1.b) de la vigente Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Galicia (LOUGA) se estableció un plazo máximo de tres años para efectuar esa adaptación mediante la revisión integral del planeamiento general anterior.
Ese plazo acabó el 2 de enero de 2006.
Por tanto, no procede incoar nuevas modificaciones puntuales del planeamiento general.
Lo contrario es un auténtico “fraude de ley” para evitar su obligada revisión y adaptación a la normativa medioambiental aplicable, mediante el truco de tramitar sucesivas modificaciones puntuales.
Fuente: Valmiñor.info
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